Tobar, Francisco Salvador2024-01-232024-01-231962-01-01https://hdl.handle.net/20.500.14492/7727Los términos jurídicos suelen tener varias acepciones técnicas, según las ramas del derecho a que se apliquen; y, aún dentro de una misma rama según las diferentes situaciones que contemplen. Sirva de ejemplo la palabra "acción", cuyo contenido comprende cosas tan diversas, como la facultad procesal de reclamar justicia a los órganos jurisdiccionales del Estado, y las partes alícuotas en que se divide el capital social de las sociedades anónimas, amén del título literal que ampara la propiedad de estas mismas partes alícuotas. La palabra “condición", dentro del derecho privado, es una de estas palabras de contenido vario.es-SVCondición jurídicacondición civilórganos jurisdiccionales348La palabra condición y su sentido jurídico en la legislación salvadoreñaThesis