Castro Garcia, Mario2024-01-242024-01-241957-06-01https://hdl.handle.net/20.500.14492/7886El hombre, como ser humano que es por su propia naturaleza, tiene que vivir en sociedad, necesidades de toda. especie 10 determinan a obrar de esta manera, concebirlo de manera distinta es, contrariar los principios naturales. Al vivir en sociedad, la re1aci6n con los - otros seres de su misma especie le es inevitable. Se impone de consiguiente, que en el contacto que tiene con sus otros congéneres guarde la mejor compostura posible, de lo contrario se hace acreedor a las sanciones correspondientes Es así que desde muy antiguo se ha regulado la conducta de los hombres en Sociedad estableciéndose una serie de preceptos en los Códigos, que vienen a reglamentar, no la manera de conducirse los hombres en sociedad, pues los Códigos no señalan reglas de conducta, pero si las consecuencias que se derivan al no comportarse como lo haría todo hombre prudente y diligente.es-SVDelitoscuasidelitosresponsabilidad civilobligaciones346347De la responsabilidad civil extracontractual proveniente de los delitos y cuasidelitos en materia civilThesis