Pérez Hernández, Jimmy LisandroPérez Majano , Karen Aracelypm16020@ues.edu.sv2024-05-292024-05-292023-10https://hdl.handle.net/20.500.14492/28477Curso de Especialización en Monitoreo, Evaluación, Rendición de Cuentas y Aprendizajes (MEAL) ) en Proyectos de Desarrollo. Ciclo I-2023Este artículo tiene como propósito conocer cuáles han sido los desafíos que han limitado la ratificación del Convenio 177 (OIT) por el Estado salvadoreño; para dar garantía al cumplimiento de los derechos laborales de las mujeres bordadoras a domicilio. Tomando como referencias, organizaciones no gubernamentales de desarrollo que trabajen en el área de derechos laborales y género, se realizó un instrumento de carácter cualitativo tipo entrevista a dos organizaciones para conocer su perspectiva. De esto, se evidenció que las organizaciones desde hace más de veinte años han realizado trabajo de incidencia y sensibilización, a partir del financiamiento de proyectos sociales al desarrollo, además de colocar en la agenda dicha temática con mesas de la sociedad civil en las que son partícipes y los trabajos de diálogo que han establecido con tomadores de decisión. En resumen, la ratificación del Convenio 177 y su recomendación 184 se ve limitada por la poca o nula voluntad política por parte del Estado salvadoreño para trabajar de cerca con las organizaciones de la sociedad civil en esta temática. A pesar de la existencia de marcos normativos que contemplan el trabajo a domicilio, no existen políticas nacionales que aborden los derechos de las bordadoras a domicilio y, por último, son pocas organizaciones enfocadas en el tema de derechos laborales de este grupo.esDerecho LaboralOrganización no GubernamentalTrabajo a DomicilioEmpleo de las mujeresEstado.Derechos laborales de las mujeres bordadoras a domicilio: ratificación del convenio 177 en El SalvadorTrabajo de grado