Castaneda, Luis Fernando2024-01-232024-01-231953-12-18https://hdl.handle.net/20.500.14492/7739Las leyes de inquilinato tienen su origen en el nacimiento de la propiedad privada ya que desde que hubo propiedad privada estos concedieron derechos a las demás personas sobre las cosas que podían disponer. Según el derecho canónico el arrendamiento es un contrato por el que uno da y otro acepta, el uso de los frutos de una cosa o los servicios de una persona por precio y plazo determinado. Sobre las viviendas colectivas las construcciones que constituyendo un solo cuerpo sirve para que habiliten varias familias cuyos servicios son comunes, estando todas las habitaciones comunicadas por corredores o pasadizos con un solo patio y por o general con una entrada común. La extinción de las viviendas colectivas se puede dar porque por irrespetos a los demás o por mala conducta, por adolecer alguna enfermedad que perjudique a los demás, por estorbar con música o escándalos.es-SVInmuebledestrucciónextincióncontrato346Consideraciones sobre las leyes de inquilinato de El Salvador y proyecto de leyThesis