Amaya, Carlos AmílcarSalazar, Marta Yolanda2024-01-242024-01-241980-01-01https://hdl.handle.net/20.500.14492/8276Sostiene que la confesión es un contrato de derecho privado, que consiste en un acuerdo de voluntades entre quien la presta y la parte contraria. Dicho acuerdo implica, por parte del confesante, la renuncia, de un derecho o el reconocimiento de una obligación a favor de la contraparte; y de parte de ésta la aceptación a tal renuncia o reconocimiento cuyos efectos le favorecen.es-SVContratoreconocimientoobligación345La prueba por confesión en materia procesal civilThesis