Browsing by Author "Sosa Romero, Carlos Nelson"
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Item Aplicación de la sana critica como sistema de valoración de la prueba en el proceso penal salvadoreño, zona oriental 2001(2002-06-01) Sosa Romero, Carlos Nelson; Berríos Coreas, Olga Patricia; Ventura Portillo, Rommel Reynaldo; Solorzano Trejo, Carlos; Castellón, José Florencio; Villatoro, MarthaDeterminar si las reglas del sistema de la sana crítica se aplican adecuadamente por el juzgador al momento de valorar las pruebas aportadas al proceso. Para la realización de la presente investigación se adoptará una serie de actuaciones tales como: consultas bibliográficas que identifiquen el problema; recopilación de sentencias que hacen referencia al tema objeto de estudio; al mismo tiempo se realizará un contacto directo con los jueces de primera instancia de la zona Oriental; con los fiscales auxiliares, defensores públicos, querellantes; ello a través de entrevistas y encuestas , también se hará un contacto directo con los miembros de la Escuela de Capacitación Judicial. Todo con el fin de obtener un conocimiento objetivo y completo del problema que se investiga. En la presente investigación para la selección de la literatura y otros documentos, se hace necesario la utilización de fuentes primarias, secundarias, y terciarias; Primaria: es aquella que permitirá fundamentar nuestra investigación ya sea través de aportes, obtenidos directamente mediante investigaciones realizadas sobre el tema objeto de estudio; Secundarias: esta se extraerá de fuentes documentales, es decir al emplear o utilizar aquellas referencias de un determinado autor. La Información Secundaria, según el caso, puede complementar a la primaria o servir de base para efectuar el análisis del problema; en cuanto a la utilización de Fuentes Terciarias, ésta se determinará por la utilización de aquella información que agrupa fuentes secundarias. Para dictar sentencia el Juez debe de apreciar las pruebas , es decir debe realizar un juicio de valor y determinar que eficacia tienen estas recabadas en el proceso; y para ello debe seguir el sistema de la Sana Crítica, no obstante que en la Legislación procesal Penal Salvadoreño el sistema de la Intima Convicción tiene aplicación positiva únicamente en la institución de jurado; en cuanto al sistema de la prueba tasada o legal también existen resabios dentro de la Ley Adjetiva; pero independientemente de todo ello, se ha de considerar que el sistema de la Sana Crítica es el sistema que permite en la prueba un mejor resultado para obtener la justicia, pues implica un respeto a las normas que gobiernan la corrección del pensamiento, es decir las leyes de la Lógica, la Experiencia y la Psicología, así como la obligación de fundamentar las decisiones judiciales, las cuales son del fruto racional que el juzgador realiza de la adecuación del hecho con las pruebas aportadas al proceso, todo con el fin de llegar a la certeza de la existencia del hecho delictivo y la participación del justiciable. Actualmente en las practicas judiciales los juzgadores dicen aplicar las reglas de la Sana crítica, pero no lo hacen correctamente, ya que solo se conforman con exponer en sus resoluciones la famosa formula “de acuerdo a las reglas de la Sana Crítica”, fórmula que lejos de darle objetividad a las resoluciones, las convierte en falacias, las cuales en la mayoría de casos son impugnadas (apelación, casación), así mismo los jueces no hacen una adecuación de los hechos investigados con las pruebas presentadas por las partes al proceso, así como también no exponen la razón del porque llegó a determinada resolución o sea que no lo hacen de una forma razonada, olvidándose que su convencimiento de ellas, deben contar con certeza apodíctica y a través de ella aplicar las reglas de la Sana Crítica, que no es lo mismo que la intima convicción, y que muchas veces tanto los Jueces de Paz, Instrucción y Sentencia, los confunden , ya que en la mayoría de las resoluciones únicamente fundamentan sus resoluciones solo en los que ellos piensan, quebrantando de esa forma lo regulado en el articulo 162 del Código Procesal Penal, el cual expone que el Juez debe fundamentar sus resoluciones bajo las pruebas del proceso y aplicar la Sana Crítica, algo que en la mayoría de los casos no se realiza, porque para cumplir la ley los encargados de hacerla cumplir la violan constantemente