La jurisdicción especial de la niñez y la adolescencia y la delimitación de la competencia según la LEPINA en la Zona Oriental de El Salvador

dc.contributor.advisorPineda Pastor, Fernandoes
dc.contributor.authorRivas Ticas, Maira Lilianaes
dc.contributor.authorSantos Salmerón, José Guillermoes
dc.date.accessioned2024-02-20T21:42:10Z
dc.date.available2024-02-20T21:42:10Z
dc.date.issued2017-10-01
dc.description.abstractLa presente investigación se realiza sobre La jurisdicción y competencia de la niñez y adolescencia ya que ha estado contenida en cuerpos normativos alquilados idóneos, lo cual ha consistido en no comprenderlas como especialidad sino como asunto genérico, por ende, no necesitadas de reforma. La delimitación de la competencia de los juzgados especializados de la niñez y adolescencia se ha entendido como materia de familia, a causa de ello resultan efectos y consecuencias que irradian concretamente en niñas, niños y adolescentes, en efecto haber considerado tal competencia englobada en lo familiar actualmente genera problemáticas para el goce de un catálogo de derechos e intereses para las personas no adultas. La competencia de los juzgados especializados, se ha considerado como limitación, a pesar de la vigencia de la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia, lo cual es atentatorio porque hace falta asignar más procesos, vía reforma, que son competencia de los juzgados de familia a los JENA. Si bien, tal delimitación significa ampliación no quiere decirse que todos los procesos en los cuales el núcleo de protección sean derechos e intereses de la población que no está en la adultez son atribuibles a los juzgados de niñez y adolescencia. En lo que atañe a las estructuras o diseños procesales, la fusión del proceso ordinario de familia con integración de la establecida en la LEPINA para el proceso general, demás procesos y diligencias provoca problemas de interpretación, aplicación y efectividad. En consecuencia, la estructura procesal idónea no es ni la de familia tampoco la de la LEPINA. Respecto al reconocimiento y dotación de capacidad procesal a niñez y adolescencia, no es plena, es sui generis, ello en virtud de derechos y principios de los mismos sujetos, sin embargo, prohibirá que los procesos se ii supediten solamente a la disposición, aportación y conveniencia adultocéntrica y potenciará el de ejercicio de derechos. En apogeo de la protección integral y por la existencia de la jurisdicción especial de la niñez y adolescencia se hace imprescindible las adecuaciones o reformas profundas a los códigos y leyes que se inspiran en este paradigma y expulsar los resabios de vetusta data de la situación irregulares
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.14492/23986
dc.language.isoes_SV
dc.subjectJurisdicción
dc.subjectcompetencia
dc.subjectdelimitación
dc.subjectampliación
dc.subjectatribución
dc.subject.ddc348
dc.titleLa jurisdicción especial de la niñez y la adolescencia y la delimitación de la competencia según la LEPINA en la Zona Oriental de El Salvadores
dc.typeThesis

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