Régimen jurídico del mar territorial. Régimen salvadoreño

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1973-01-01

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Desde tiempos inmemoriales, el mar ha sido considerado como una de las fuentes de mayor riqueza y alimentación para la humanidad entera. Los países en desarrollo ven en él no solamente la última esperanza para su debida alimentación, sino la posibilidad de emerger a la condición de Estados desarrollados, en virtud de la explotación racional de los recursos que contiene. El Derecho Internacional Público, básicamente regulador de las relaciones entre Estados, no sólo ha visto con interés el problema del Mar, sino que ha plasmado en Convenciones, las disposiciones atinentes a una mayor regulación y aprovechamiento de las especies marinas, y es que al referirnos al mar, como expresión de conjunto, debemos considerar que intrínsecamente representa la reserva de alimentos más grande del mundo, como el hecho de que la plataforma submarina contiene innumerables yacimientos de metales y otros de distinta naturaleza. De ahí nace el interés, fácilmente comprensible, de los Estados Ribereños, de tratar de ampliar su mar territorial. Existen a la fecha estudios altamente científicos, en los que por líneas y otros indicadores se han señalado zonas poseedoras de grandes yacimientos, los cuales, en su mayoría, están en el radio de acción de las millas que se propugnan como Mar Territorial. El Mar Territorial, como su nombre lo indica constituye según una de las corrientes doctrinarias, prolongación del Estado Ribereño, donde el Estado ejerce todas las actividades soberanas propias de su investidura, con categoría de absoluta; las regulaciones del paso de las aeronaves, como de los barcos están sujetas a especificaciones que expresan, claramente, el deseo de salvaguardar ciertos derechos que el concepto de soberanía da, en la práctica, a los Estados. Pero la soberanía de que se habla en el mar, no puede ser idéntica la a que tradicionalmente se ha entendido en el territorio propiamente dicho de un Estado, ya que, siendo el mar de uso común para la humanidad, la soberanía "absoluta" está limitada a por las actividades de carácter internacional ante las cuales los intereses particulares de un Estado deben ceder en cierta medida a la idea de que el aprovechamiento del mar debe ser asequible a todos los países del mundo.

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Keywords

Mar territorial, régimen

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