Admisibilidad y pertinencia de la prueba en materia civil

dc.contributor.advisorRodríguez Ruiz, Napoleónes
dc.contributor.authorRamirez Guatemala, Ernestoes
dc.date.accessioned2024-01-24T15:21:40Z
dc.date.available2024-01-24T15:21:40Z
dc.date.issued1970-12-01
dc.description.abstractMúltiples conceptos se nos han dado ya por los procesalistas acerca de lo que debemos entender por prueba. Los partidarios de interpretar únicamente el sentido estricto del vocablo nos proporcionan una definición que se fundamenta en lo etimológico. Así, según Caravantes, para unos la palabra prueba viene del adverbio probe, que equivale en castellano a honradamente, ya que el que alega una cosa y la prueba obra con honradez; y para otros, procede de la palabra latina probandum, que es lo mismo que recomendar, probar, experimentar, patentizar o hacer fe.es
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.14492/7895
dc.language.isoes_SV
dc.subjectAdmisibilidad
dc.subjectpertinencia
dc.subjectprueba
dc.subject.ddc346
dc.subject.ddc347
dc.titleAdmisibilidad y pertinencia de la prueba en materia civiles
dc.typeThesis

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