El nivel de efectividad en la aplicación del derecho de alimento en El Salvador

dc.contributor.advisorPineda Pastor, Fernandoes
dc.contributor.authorAguirre Zometa, David Antonioes
dc.contributor.authorRamírez Benitez, Ángel Amilcares
dc.contributor.authorGonzález Sorto, Ronald Albertoes
dc.date.accessioned2024-02-20T21:42:00Z
dc.date.available2024-02-20T21:42:00Z
dc.date.issued2015-08-01
dc.description.abstractEl alimento es un componente fundamental para el debido desarrollo y adecuado crecimiento de todo ser humano, y es por eso que es tan importante garantizar en la medida que sea posible la efectividad de este Derecho, siendo el Estado una parte importante en el cumplimiento del mismo ya que tiene un rol protector, de control y la vez que debe ser garante que se cumpla tal precepto instituido a favor del ser humano y más aún los niños, niñas y adolescentes, pues tienen todos los derechos humanos, sin excepción alguna, derechos que son indivisibles, de igual jerarquía y se los debe garantizar de manera progresiva. El derecho a Alimento es uno más del conjunto de Derechos que tanto la Constitución, Tratados Internacionales ratificados por El Salvador, así como las Leyes Secundarias, deben garantizar de forma integral al ciudadano y su amenaza o vulneración limita la supervivencia y desarrollo normal de los niños, niñas o adolescentes, quienes por su situación de vulnerabilidad merecen atención prioritaria. En derecho de Familia y citando el Código de Familia podemos definir el Derecho de Alimento como aquellas prestaciones que permiten satisfacer las necesidades de sustento, habitación, vestido, conservación de la salud y educación del alimentario, tal como lo establece el artículo 247 de la Ley ya mencionada. También es importante decir, que los alimentos, en Derecho de familia, constituyen una de las principales consecuencias del parentesco y una de las fuentes más importantes de solidaridad humana. Los cónyuges están obligados a darse alimentos, de la misma manera que los padres están obligados a dar alimentos a sus hijos. A falta o por imposibilidad de los padres, la obligación recae en los demás ascendientes por ambas líneas (paterna y materna), que estuvieran más próximos en grado. La obligación de dar alimentos es recíproca, de modo que el que los da tiene a su vez derecho a pedirlos cuando los necesitees
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.14492/23963
dc.language.isoes_SV
dc.subjectEfectividad
dc.subjectderecho de alimento
dc.subject.ddc320
dc.titleEl nivel de efectividad en la aplicación del derecho de alimento en El Salvadores
dc.typeThesis

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