La opinión consultiva OC-24/2017 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el matrimonio igualitario y su vinculación con el ordenamiento jurídico de El Salvador como país miembro

Abstract

Las relaciones entre personas del mismo sexo, es una práctica tan antigua como la existencia del hombre, así los registros de culturas muestran como los hombres enfrentaron las situaciones homosexuales; antes de los judíos la homosexualidad era tolerada y socialmente aceptada incluso llego a verse como algo heroico. Ya en el siglo XXI, muchos países han reconocido el derecho al matrimonio entre personas del mismo sexo considerado como un reto. No obstante, El Salvador aún no cumple con el mandato constitucional de la garantía y respeto de los derechos humanos de toda persona sin distinción alguna. El Salvador suscribió y ratificó la Convención Americana de Derechos Humanos y aceptó someterse a la competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos; dentro de las resoluciones que emite son: sentencias y opiniones consultivas; estas últimas se dictan a partir de una consulta que un Estado parte de la Convención, somete a la Corte, con el objetivo de emitir una interpretación de los artículos de cualquier instrumento jurídico en materia de derechos humanos. Es por ello que en la opinión consultiva OC-24/2017 emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, sobre el matrimonio igualitario solicitada por Costa Rica, es analizada sobre la vinculación jurídica para El Salvador como país miembro de la Convención Americana de Derechos Humanos; considerando que en su parte resolutiva el referido tribunal insta a los Estados miembros a cumplir lo en ella resuelto. Así se El Salvador debe adecuar aquellos cuerpos normativos que contraríen la jurisprudencia internacional y que tolera la violación a los derechos humanos.

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Keywords

Corte interamericana de derechos humanos, matrimonio igualitario

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