La responsabilidad del oficial de cumplimiento frente a la Ley de Protección de Datos Personales en el Sector Financiero en El Salvador.

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2025

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Universidad de El Salvador. Facultad de Jurisprudencia y Ciencias Sociales. Curso de Especialización, como Modalidad de Trabajo de Grado de la Licenciatura en Ciencias Jurídicas.

Abstract

En El Salvador, la Ley de Protección de Datos Personales, en adelante “LPDP” o “Ley”, requiere que las instituciones nombren a un “Data Protection Officer” o Delegado de Protección de Datos, en adelante “DPO”. Esta función puede recaer en un empleado interno, como puede ser el Oficial de Cumplimiento, siempre y cuando cumpla con los requisitos, como no tener de conflictos de interés, poseer conocimientos técnicos y jurídicos en protección de datos, y también que posea un certificado que esté debidamente acreditado por una institución certificada en materia de prevención de lavado de dinero y activos y contra el financiamiento del terrorismo. En el sector financiero, esta práctica es importante, ya que el Oficial de Cumplimiento maneja riesgos legales, de igual forma es importante que este Oficial trabaje de forma independiente y sin presiones. Además, esta designación debe registrarse por escrito de manera clara y conforme a la “Ley”. Si bien la “LPDP” no prohíbe que un Oficial de Cumplimiento sea un “DPO”, su designación requiere una evaluación estricta de sus habilidades y destrezas. Es por ello que, es importante entender las funciones y responsabilidades que adquiere este profesional al ser nombrado “DPO” en el sector financiero.

Description

Curso de Especialización en Compliance y Prevención de Lavado de Dinero y Activos. Ciclo I-2025

Keywords

Oficial de Cumplimiento, Ley de Protección de Datos Personales, Sector Financiero, Delegado de Protección de Datos.

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