El Delito de Hurto y su Regulación en el Código Penal

dc.contributor.advisorPortillo Hidalgo, Juanes
dc.contributor.authorFlores Mendoza, Jorge Albertoes
dc.date.accessioned2024-01-24T16:01:01Z
dc.date.available2024-01-24T16:01:01Z
dc.date.issued1976-01-01
dc.description.abstractEl nuevo código penal que entró en vigencia el 15 de junio de 1974, en el título V de la primera parte del libro segundo, regula bajo el epígrafe "delitos contra el patrimonio", las clases de delitos que nuestro viejo código penal llamaba "delitos contra la propiedad". Este cambio obedeció a la crítica que se le hace a la antigua denominación, que siguiendo al código penal español habrá adoptado nuestro legislado. En relación a este problema existen dos corrientes, una a favor de llamarle "delitos contra la propiedad" y otra que se pronuncia por la denominación "delitos contra el patrimonio". Entre los estudiosos que apoyan la primera de ellas encontramos al Dr. Enrique Silva, quien opina que el derecho penal tiene conceptos propios y por lo tanto no esta ligado incondicionalmente a los conceptos e instituciones que regula el derecho civil, s i no que en base a su propia autonomía debe regular, en cada caso, la existencia y el alcance de la referencia; de ahí que el término propiedad tenga en derecho penal una especial acepción quedando comprendidos centro de él, no solo la relación de dominio entre las personas y las cosas, sino también las relaciones reales entre ambos, los derechos reales reconocidos por la ley, los derechos personales, los derechos administrativos y la vinculación del hecho de pose 16n y tenencia; agrega el Dr. Silva que también sustentan este criterio Sebastián Soler y Ricardo C. Núñez; y que este último, dice que el termino propiedad debe entenderse en el sentido que le, da la constitución política y por lo tanto comprende "todos los intereses apreciables que una persona, física o jurídica, privada o pública, tiene fuera de los derechos de la personalidad, de los derechos de familia y de los derechos políticos, que, con arreglo a su naturaleza le pueden corresponder"; argumento que le parece acertado al Dr. Silva diciendo que nuestra constitución política en su art. 137 da al término propiedad esa amplitud y que perfectamente cabe su empleo en derecho penal si se le toma en ese amplio sentido.es
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.14492/8214
dc.language.isoes_SV
dc.subjectHurto
dc.subjectcódigo penal
dc.subjectderechos personales
dc.subjectdelito
dc.subject.ddc345
dc.titleEl Delito de Hurto y su Regulación en el Código Penales
dc.typeThesis

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