Las nuevas tecnologías y su influencia como medios probatorios en el proceso declarativo civil salvadoreño
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2021-07-01
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Los medios probatorios que conforman las nuevas tecnologías usados en los procesos declarativos – Vulneración de los derechos fundamentales con el uso de nuevas tecnologías como medios probatorios -- La prueba desde el punto de vista procesal y el uso de nuevas tecnologías -- Análisis jurisprudencial del uso de nuevas tecnologías y el uso de la cadena de custodia de las mismas.
Con el presente trabajo se pretende dar solución a la problemática que ha surgido respecto a la valoración del juez en la sentencia definitiva con el uso de las nuevas tecnologías como medios de prueba en los procesos declarativos en el ámbito procesal civil y mercantil, puesto que las nuevas tecnologías no están incorporadas de manera clara en la normativa secundaria.
Se utilizan las nuevas tecnologías como medios probatorios novedosos, que no se encuentran como un numerus clausus en el Código Procesal Civil y Mercantil, sin embargo se debe mantener el control del uso de esos medios de prueba y evitar que trasgredan o violenten derechos constitucionales, es decir derechos fundamentales de la persona humana, pero ese control permite las mejoras al servicio judicial y en consecuencia se resuelve sobre el fondo de lo discutido, lo que conlleva a un análisis imprescindible de lo que en el derecho procesal está llamado a ser el medio y el camino justo, bueno y equitativo, por medio del cual los particulares y el Estado representado por el órgano judicial tienen la obligación de cumplir por mandato constitucional.
En la valoración de las pruebas que realizan los jueces, ellos recurren necesariamente a apreciaciones y opiniones que, hasta cierto punto, pudieran calificarse como subjetivas, siempre y cuando lo hagan basándose en la razón y su experiencia, por lo que el presente trabajo trata de dar solución al uso de esos medios de prueba, ver si realmente pueden ser medios autónomos o por el contrario devienen de una teoría tradicional análoga, es decir devienen de los mismos medios de prueba preexistente.
Además, se ha hecho un análisis sobre la legitimidad de esos medios de prueba, puesto que muchas veces su uso puede violentar derechos constitucionales, y es necesario conocer hasta qué punto pueden ser utilizados sin transgredir esos derechos y en caso de violentarlos si estos pueden y deben ser tomados en cuenta, si existe alguna excepción para su uso.
Importante también ha sido hacer un estudio detallado de la licitud, pertinencia y confiabilidad de las nuevas tecnologías como medios de prueba, y hacer una precisión terminológica de los conceptos de pruebas de soporte informático, evidencias electrónicas, prueba electrónica, todo esto para que el juez a la hora de valorar las nuevas tecnologías tenga un punto claro al respecto.
No ha sido menos importante conocer como ha sido resuelto por los juzgadores nacionales el uso de las nuevas tecnologías, pero también se ha hecho un análisis de la jurisprudencia más importante dictada en España, puesto que nuestro Código Procesal Civil y Mercantil tiene su base en la Ley de Enjuiciamiento de España.
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Tecnologías, medios probatorios, proceso declarativo