Análisis jurídico del recurso de apelación y su aplicabilidad en los Tribunales de Familia de San Miguel (2000-2001)

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2002-08-01

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Objetivos: Objetivo General: Estudiar la aplicabilidad teórica y práctica del Recurso de Apelación en los Tribunales de familia de la ciudad de San Miguel. Objetivos Específicos: - Identificar los vacíos y contradicciones que adolece el Recurso de Apelación en la Ley Procesal de Familia. - Conocer los criterios que utilizan los aplicadores de justicia en la solución de los problemas que se presentan cuando se interpone un Recurso de Apelación en el proceso de familia. Metodología: El estudio que se realizará estará compuesto por dos tipos de investigación: Estudio Exploratorio y Estudio Explicativo. Se hará un estudio Exploratorio ya que el Recurso de Apelación en la Ley Procesal de Familia es una figura jurídica sobre la que se ha escrito e investigado poco, contándose por lo tanto con escasa información, además de que no existe un trabajo de investigación sobre la aplicación del Recurso de Apelación en los Tribunales de Familia de la ciudad de San Miguel. También será un estudio de carácter Explicativo, porque se explicará en qué consisten los medios de impugnación, sus características, presupuestos, principios, motivos de fundamentación etc; se estudiará además la serie de problemas que presenta el Capitulo de la Ley Procesal de Familia referente al Recurso de Apelación, con lo cual se pretende exponer y dar una solución a los vacíos y contradicciones que contiene dicha ley. Habiendo finalizado el estudio de el tema del Recurso de Apelación en la Ley Procesal de Familia, se pueden establecer una serie de conclusiones que se espera sean de ayuda en le aplicación práctica de esta ley, por parte de los aplicadores del derecho. 1- Por el hecho de que en la Ley Procesal de Familia no se da una regulación exhaustiva sobre el Recurso de Apelación, es que existen una serie de vacíos y contradicciones que los Jueces resuelven aplicando supletoriamente el procedimiento común, en base al Art. 218 L. Pr. F., siempre y cuando la norma que se aplique no contraríe la naturaleza y finalidad del proceso de familia. 2- Con respecto a las resoluciones contra las que procede el Recurso de Apelación no debemos de considerar que son única y exclusivamente las enumeradas en el Art. 153 L. Pr. F., ya que tal y como esta redactado dicho artículo podría dar lugar a considerar que su enumeración es taxativa, lo que no es correcto.

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Keywords

Análisis, jurídico, recurso, apelación, tribunales de familia

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