Límites y alcances del derecho a reclamo por daño moral ocasionado a personas naturales y jurídicas, en el marco de la ley de reparación por daño moral.

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2021-11-01

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En la presente investigación jurídica, se presenta desarrollo del trabajo presentado que se realiza, denominado: “Limites y Alcances del Derecho al Reclamo por daño moral ocasionado a la persona natural y jurídica en el marco de la ley de Reparación por daño moral”. Se inicia exponiendo los antecedentes históricos de la evolución del daño moral, tomando como punto de partida la legislación contenida en el Derecho Romano, para conocer los alcances en la norma y su forma de regulación, pues desde esas épocas se comenzó a tener regulación de la acción civil, y sirve de fuentes del derecho público y privado; y se configura el delito civil. Tomando en cuenta las diferentes etapas que fueron manifestaciones de las diferentes coyunturas propias de cada sociedad, que demandan proteger los derechos del ser humano, para vivir en libertad con derechos individuales y sociales, que revolucionan el estado de Derecho para diferentes países del mundo. Partiendo de los derechos fundamentales de protección a la persona llegamos a tener un estado que tiene como prioridad a la persona y procura su protección y bienestar, hasta en sus derechos intangibles o extrapatrimoniales. Se tiene una Regulación Propia del daño moral en el derecho interno, y se hace una revisión en lo atinente al daño moral de la Doctrina y jurisprudencia, que amplía los postulados de nuestra legislación, en cuanto a los derechos que se protegen a la persona individual y jurídica les permiten mayores alcances para buscar justicia por sus afectaciones, regulándose una acción autónoma. Se tiene un proceso propio y medidas de reparación por daño moral, así como los elementos que conforman cada tipo de daños, los bienes jurídicos relevantes que conforman el patrimonio moral, son los bienes inmateriales de la persona, y para ser tal debe ser un daño jurídico que afectos los derechos fundamentales de la persona, sea persona natural o jurídica. Luego se tienen las condiciones que permiten a la persona jurídica superar los límites impuestos por la ley, para ser signataria de protección de derechos fundamentales y derechos humanos, siempre con límites en relación a las facultades a la persona natural, con las ventajas que la ley hace regulaciones enunciativas, y no taxativas en los supuestos de daño moral. También tenemos nociones de la regulación del Daño Resarcible en Argentina, que es un referente para nuestra legislación, hasta llegar a la conclusiones y recomendaciones.

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Keywords

Daño moral, personas naturales, personas jurídicas, ley de reparación por daño moral

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