La protección jurídico penal ante el abuso de información privilegiada en el mercado de capitales de El Salvador.

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2025-11

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Universidad de El Salvador. Unidad de Estudios de Posgrado de la Facultad de Jurisprudencia y Ciencias Sociales.

Abstract

El presente trabajo de investigación gira en torno al tema de LA PROTECCIÓN JURÍDICO PENAL ANTE EL ABUSO DE INFORMACIÓN PRIVILEGIADA EN EL MERCADO DE CAPITALES DE EL SALVADOR. Un delito relativamente reciente en la mayoría de legislaciones que se han dado a la tarea de adoptar un marco normativo orientado a su criminalización, particularmente en las legislaciones de los países miembros de la Unión Europea, quienes a partir de la creación del nuevo Reglamento de Abusos de Mercado (RAM o MAR por sus siglas en ingles)1 y la nueva Directiva Sobre Abuso de Mercado (DAM) se han visto obligados a armonizar su derecho interno al derecho comunitario. En Europa el reconocimiento de estas prácticas y su punición viene desde hace un par de décadas atrás, aunque en la mayoría de casos, desde el derecho administrativo sancionador como es el caso de Francia que regula el abuso de información privilegiada desde la Ordonnance de 1967, Suiza (1980), Gran Bretaña (Companies Act de 1980), España (Ley 24/ 1988 del Mercado de Valores), Italia (Ley No 157 de 1991, Dec. Leg. No 58/1998), Alemania (Zweites Finanzmarktforderungsgesetz de 1994), Irlanda (Companies Act de 1990) y Suecia (Insider Trading Act de 1991). Así pues, fue Francia la que primero adopto la prohibición desde el orden penal contra las prácticas que calificaron como “delits des inities” (delitos de iniciados) mediante la Ordenanza de 28 de septiembre de 1967, modificada posteriormente por la Ley 70-1208, de 23 de diciembre de 1970, que castigaba con pena de prisión de dos meses a dos años y con multa de 5.000 millones de francos, o bien el cuádruple de la suma eventualmente generada como beneficio.

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Keywords

Información, Abuso, Mercado, Capital

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