Una nación no es responsable de los daños y perjuicios que las facciones causen a los extranjeros
Loading...
Date
1896
Authors
Journal Title
Journal ISSN
Volume Title
Publisher
Universidad de El Salvador.Facultad de Jurisprudencia y Ciencias Sociales
Abstract
Las naciones son absolutamente iguales, gozan de los mismos derechos y están sujetas a las mismas obligaciones: la magnitud no crea distinción de derechos, y debe ser considerada como una usurpación.
Cualquiera diferencia que se apoye en esta base: cada una debe juzgar lo que tiene que hacer para el cumplimiento de sus deberes, y de lo cual no tienen derecho de juzgar las demás.
En virtud de este principio el soberano de una nación, puede impedir a los extranjeros, la entrada a su territorio cuando lo crea conveniente, y establecer las condiciones con que quiera permitirla; pero desde que el extranjero entra libremente en ella, se supone que el soberano no se la permite, sino con la condición que estará sometido a las leyes, pues no puede presumirse que se le conceda en otro concepto: siendo obligación de la nación que les da acogida, atender a su seguridad.
Description
Tesis (Doctorado en Jurisprudencia) -- Universidad de El Salvador, 1896
Keywords
Nación, Daños, Perjuicios, Extranjeros