Parámetros técnicos

dc.contributor.authorDiaz Nuila h., Alfredoes
dc.date.accessioned2024-01-24T15:51:09Z
dc.date.available2024-01-24T15:51:09Z
dc.date.issued1974-01-01
dc.description.abstractCuando un Estado consiente que una ley extranjera se aplique en su territorio a los nacionales de otro estado lo hace en nombre de su propia soberanía; hace suyas las soluciones de la ley extranjera por parecerle que son las que mejor responden a la buena administraci6n de justicia; y cuando los tribunales aplican la ley de otro país proceden en nombre de la propia soberanía y no e n nombre del estado extranjero. La doctrina no es conforme con el sistema dominante en la mayoría de las legislaciones que consideran que la ley extranjera debe ser alegada y probada por las partes, ya que su existencia se hace manifiesta por su promulgación y publicidad.es
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.14492/8031
dc.language.isoes_SV
dc.subjectAdministraci6n de justicia
dc.subjectestado extranjero
dc.subjectley extranjera
dc.subject.ddc341
dc.subject.ddc342
dc.subject.ddc348
dc.titleParámetros técnicoses
dc.typeThesis

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