Licenciatura en Ciencias Jurídicas
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Item El juicio civil reivindicatorio en la legislación salvadoreña(1999-01-01) Díaz Saravia, Lorenzo Edilberto; Trejos Jaimes, Candelario; Saravia Segovia, Carlos ArmandoLa escogitación del tema objeto de estudio, obedece a situaciones de carácter científico, que se dimensionan en la teoría- práctica que requieren los estudiantes y profesionales del derecho: es decir, a la falta de información bibliográfica, sistematizada e integral respecto a la estructura del “Juicio civil reivindicatorio en la legislación Salvadoreña”, el cual comprende, desde la interposición de la demanda. Incluso el cumplimiento de la misma, cuando ha sido declarada ejecutoriada y pasada en autoridad de cosa juzgada y es aquí donde se materializan las pretensiones del actor. Por otra parte, la referida investigación reviste gran importancia, dado que al aclarar y llenar el vacío sobre dichos problemas, se contribuye a que los estudiosos del aspecto procesa del derecho Civil tengan una mejor preparación profesional. Después de realizar un estudio minucioso a cada una de las partes que integran el desarrollo del problema objeto de estudio, se ha llegado a la conclusión que; los actos procesales que integran el desarrollo normal del Juicio Civil Reivindicatorio, como son: interposición de la demanda, emplazamiento, contestación de la misma, apertura a prueba y sentencia definitiva, impugnación y ejecución de la sentencia, deben realizarse tal y como lo establece la ley, constituyendo ello la concatenación entre uno y otro acto, tal como se ha relacionado anteriormente.Item La importancia de la función del juez de paz en el control de las diligencias iniciales de investigación y la realización de la audiencia inicial en el proceso penal(2000-01-01) Chacón Tolentino, José Osvaldo; Domínguez Palacios, Adolfo Epifanio; García Méndez, Freddy EdilbertoLa presente investigación contiene un estudio del papel de la sociedad civil Salvadoreña en la conformación de un Estado social de Derecho en El Salvador. Se parte de que ese Estado, como paradigma, es para El Salvador. Se realiza esta aclaración por el error que han cometido incluso intelectuales reconocidos, proponiendo el Establecimiento de un Estado ―Social y Democrático de Derecho―, como el de España o Suecia. Ignoran a propósito o sin el análisis necesario que en El Salvador ni siquiera el sufragio esta consolidado como derecho en su extensión práctica, o que el Derecho de asociación, que es humano a la vez, es atropellado cuando se puede desde las esferas del Estado. O que la practica Legislativa es la mayor fuente de inconstitucionalidades en función de los intereses de los diversos partidos políticos. Esas entre otras situaciones, marcan la base fáctica con la que se cuenta para la tarea antes planteada para la sociedad civil. Incluso, la sociedad civil denota en El Salvador la urgencia de replanteamientos internos, para poder ser actora constante en la conformación de un estado como aquel. Se ha planteado por los entendidos en materia constitucional que en El Salvador existe constitucionalmente las bases de un Estado Social de Derecho, aunque el mismo cuerpo de leyes no lo exprese literalmente así, caso que si de en la Constitución Española. En la Constitución vigente están presentes todas las prestaciones propias de todo Estado Social de Derecho, como son: el trabajo y la seguridad social (Art. 32 al 52 Cn.) la educación, ciencia y cultura (Art. 53 al 64) y la salud pública y la asistencia social (Art. 65 al 70 Cn.)Item El principio de universalidad y el nuevo orden jurídico internacional(2001-01-01) Cruz Argueta, Zoila Margarita; Cruz Argueta, Nelsón Romel; Hernández González, Manuel de JesúsEl presente trabajo de investigación titulado: “El Principio de Universalidad y el Nuevo Orden Jurídico Internacional” tiene por objeto analizar el tema de la justicia, no como un capricho, si no como un reto histórico, motivado por esa realidad cruel que mueve a las naciones, a los hombres que dominan las naciones, y que como parte de esa complejidad, originan leyes para sofrenar el mundo de la barbarie. La justicia trasciende las fronteras de un territorio como una exigencia natural de las sociedades que se desarrollan; entonces ya no existen barreras como el perdón y el olvido, o las amnistías, porque lo que, un espacio se niega a juzgar, otro espacio igual de soberano, puede hacerlo. Y es que, en un mundo cada vez mas globalizante, la justicia va tomando las características de aquella, lo que posibilitará, con menos traumatismo, reconocer los derechos de las víctimas. La técnica utilizada fue la entrevista no estructurada. Como conclusión tenemos que; El tema objeto de estudio El Principio de Universalidad y el Nuevo Orden Jurídico Internacional resulta completamente novedoso y de mucha aplicabilidad en la actualidad dado que, desde que se terminan los juicios que perseguían a los criminales de guerra Nazis, no se había invocado tanto como para perseguir a sospechosos de cometer crímenes contra la humanidad y criminales de guerra, tanto de carácter interno como externo. En este sentido, en las ultimas dos décadas del siglo recién finalizado se han dado cambios trascendentales, tanto en aspectos económicos como políticos y sociales. Dentro de estos destacan la caída del Muro de Berlín en las antiguas Alemanias y que viene representar el descenso del Socialismo como modo de gobierno en muchas partes del mundo. En el ámbito interno salvadoreño se tienen los Acuerdos de Paz suscritos en Chapultepec, México y que viene a poner fin a doce años de conflicto interno, lo que abre la oportunidad de poder juzgar a muchos criminales de guerra y que durante el conflicto era sumamente difícil el poder procesarlos, pues las barreras levantadas por los gobiernos de turno instauraban la regla de oro, consistente esta ultima en la no investigación de los crímenes cometidos en los regímenes precedentes amparándose en la cultura del encubrimientoItem La aplicabilidad del principio del interés superior del menor desde la perspectiva de la legislación de familia(2001-08-01) Romero Salvador, Blanca Alicia; Treminio Bonilla, Isidro Humberto; Saravia Segovia, Carlos ArmandoDeterminar el grado de corrección en la aplicabilidad del principio del interés superior del menor, por parte de los Juzgados y Cámara de Familia de la zona oriental y descubrir fortalezas y debilidades del sistema de protección que el Estado por medio de sus instituciones realiza en beneficio de los menores de edad. Para conseguir los fines planteados de esta investigación, habrá que seguir un método que ordene y dirija las acciones a tomar, por medio de fases concatenadas que lleven a la construcción de un nuevo conocimiento en relación al tema propuesto. Así tenemos que Método es en sus definiciones básicas la manera de hacer o decir, exponer o actuar procedimiento científico, orden, sistema. Por existir diversos métodos, según sea el objeto de estudio y la ciencia de que se trate, es necesario ubicarse en una postura un tanto restrictiva; en el sentido de seleccionar de manera general el uso del método científico, que está determinado por la aprehensión del conocimiento de manera objetiva y real, y no en presunciones o meras actividades intelectivas y subjetivas, utilizando para lograr esa apropiación cognocitivas en métodos particulares, tales como la observación, el análisis, la síntesis, y la experimentación. Estos métodos instrumentales de investigación ofrecen mayor eficacia en el descubrimiento de factores que proyectan y posibilitan la construcción de un nuevo conocimiento. Primordialmente dentro de las actividades de la presente investigación se usará el método analítico-sintético, que permite en un momento primario, desglosar el todo ampliamente, en el estudio de cada componente del mismo, y secundariamente, a través de la reconstrucción formar un todo conciso y concreto en las debidas conclusiones consecuentes del estudio realizado. En el tema objeto de la presente investigación, el estudio además de poseer un contenido bibliográfico y de observación, por medio de la investigación de campo, contendrá el análisis de casos particulares, específicos, en los que se verán las propiedades del tema, y la aplicabilidad del Principio del Interés Superior del Menor que se pretende plasmar. Históricamente los menores fueron entendidos con diferentes acepciones: primeramente se les vio como una carga social, y la atención prestada fue mínima, tanto así que era considerado natural e inevitable la mortalidad infantil y las dificultades de desarrollo que tenían los menores en esa época. Jurídicamente, antes de 1750, al menor no se le reconocía ningún tipo de derechos, no eran considerados sujetos de derecho, sino objeto. Seguidamente hasta 1960 existió una etapa de tolerancia hacia el sector, ocurre un cambio en la concepción de la atención hacia el mismo que no incluye modalidades de avance. Es hasta el período entre 1880 y 1930 que comienza a entenderse que los menores son acreedores de protección. En el tratamiento de la atención al sector de la infancia-adolescencia existen dos grandes teorías que entre otras buscan solucionar la problemática de la satisfacción de las necesidades del niño. Estas son: La Teoría de la Situación Irregular y la Teoría de la Protección Integral; la primera sostenía que se debía considerar al menor como un incapaz, un ser enfermizo o un ser con desarrollo incompleto, la respuesta que daba a la problemática era hacer de los menores objetos de tutela sin distinguir entre ellos quienes realmente necesitaba ser protegidos y quienes ser potenciados en el desarrollo. La doctrina de la Protección Integral vino a superar a la primera, ya que fundamentalmente sostiene que los menores son sujetos de derechos, por lo tanto reconoce para ellos todos los derechos humanos y garantías procesales que como persona les son debido, y regula su protección especial por su condición de menores. Esta última teoría es la que adopta la legislación salvadoreña en materia de familia específicamente, y es el fundamento de ella, tal como se ha establecido en la disposición legal del Art.346 del Código de Familia.Item El veredicto del jurado en el nuevo Código Procesal Penal(UES, FMO, 2001-09-01) Contreras Rivera, Julio César; Rivas Cuchillas, Jorge Alberto; García, Hugo NoéComo todo proceso de investigación, en donde se expone la problemática que rodea el objeto de estudio, se debe establecer también las posibles soluciones aplicables a la misma; en tal sentido, el grupo investigador estimó pertinente plantearlas de acuerdo a las investigaciones preliminares, por medio de las respectivas hipótesis. La comprobación de estas, se expone a continuación, contrastándola con la investigación; así, se planteaba en una de las hipótesis, que la congruencia y certeza de los veredictos, dependerían de la exigencia de mayores requisitos, y de mejorarse el proceso de selección. Se ha establecido anteriormente, que las unidades de análisis consultadas, comparten el criterio de dicha necesidad; así, de veintiséis unidades de análisis, todos profesionales en el derecho, el 53%, argumenta que debiese exigirse un grado académico. Además de dichos profesionales, la sociedad misma considera que debiese limitarse, integrar el Jurado por personas inmersas profundamente en un culto religioso, dado que le resta veracidad a lo resuelto. Asimismo, se exponía que el problema de la apatía en la sociedad, es consecuencia de la falta de cultura jurídica y participación de la sociedad; del mismo modo, la falta de instrucción sobre la misma, acerca de la importancia de participar en la administración de justicia; el cumplimiento de dicha hipótesis, se alcanza, al descubrir a través de la encuesta realizada a la misma sociedad civil, que los factores influyentes en la apatía, efectivamente se debe a la poca divulgación de la importante función de la institución del Jurado. Por tal razón, consideran que al concientizarlos de la importancia de participar en la administración de justicia y de conocer las funciones del cargo, que como Jurados podrían desempeñar, conllevaría a cumplirse con ello la finalidad del Tribunal de Jurado. Por otra parte, se establecía la exigencia de un mayor control por parte de los Jueces de Instrucción en la calificación jurídica de los delitos, en vista que de ellos depende el juzgamiento de hechos que verdaderamente sean del conocimiento del Jurado; ante tal situación, el grupo investigador, manifestaba la necesidad de aplicar las salidas anormales de terminar el proceso. Del mismo, el Tribunal de Sentencia debe realizar mayor control en la inmediación de la Vista Pública, ya que se comprobó que la influencia de las partes sobre el Tribunal de Jurado a emitir veredictos distintos a la realidad, depende del referido control, evitando para ello, la exposición de argumentos o pruebas no aportados dentro del proceso. Finalmente, en relación a la competencia adjudicada al Tribunal de Jurado, en cuanto al listado de delitos sometidos a su conocimiento, se establecía en dicha hipótesis, que de limitársele, reflejaría y garantizaría en la sociedad seguridad jurídica en cada veredicto emitido; comprobándose la afirmación de dicha hipótesis, con el porcentaje obtenido del 58%, de veintiséis unidades de análisis, en su totalidad profesionales en derecho, comparten dicho criterio. Pues su practica diaria, les permite deducir que la limitación de la competencia, gira en torno a aquellos delitos contra el patrimonio, la libertad sexual, y otros de igual trascendencia; considerando necesario, el poseer mayores conocimientos técnicos para resolverlos, situación que por la naturaleza de los Jurados no se les es posible exigir.Item La Corte Penal Internacional. Obstáculos y posibilidades en El Salvador(2001-09-01) Rosales Cabezas, José Jacobo; Ortíz Salmerón, Erlinda Patricia; Reyes Escobar, José Antonio; Saravia Segovia, Carlos Armando; García Guevara, Hugo Noé; Castellón, José FlorencioAnalizar los obstáculos y posibilidades que se encuentran en El Salvador para la ratificación o adhesión al Estatuto de Roma. Señalar los crímenes, procedimiento y sanciones que serán aplicados por la Corte Penal Internacional. En todo proceso de investigación al finalizar el mismo, es de vital importancia culminar la misma con conclusiones producto de dicho proceso para verificar el cumplimiento de cada objetivo, la verificación de las hipótesis, lo mismo que las respuestas al planteamiento del problema, siendo la conclusión de vital importancia, dado que ésta resume el proceso investigativo permitiendo proporcionar un enfoque científico de solución al objeto de estudio realizado, recomendando la misma a los Organismos correspondientes.Item Colocación en hogar sustituto: bases jurídicas-sociales para su aplicación(2001-09-01) Sánchez Molina, Dolores Esmeralda; Saravia, Carlos Armando; Ríos-Lazo Romero, Napoleón Alberto; Castellón González, José FlorencioIdentificar los lineamientos jurídicos-sociales, que los Aplicadores de Justicia en materia de familia y el Instituto Salvadoreño de Protección al Menor, utilizan en la interpretación y aplicación de la Medida de Protección de Colocación en Hogar Sustituto y analizar que derechos se le garantizan al menor con la Colocación en Hogar Sustituto. En la presente investigación se hará uso del método deductivo por ser éste el que parte de datos generales con que se cuentan, y que han sido aceptados como válidos y que utilizando el razonamiento lógico, se puede lograr deducir varias suposiciones, o como afirma Herman Max, la deducción parte de la razón inherente a cada fenómeno. El vocablo deductivo proviene del latín deductio, que significa sacar o separar consecuencias de algo. Este método desempeña un papel muy importante en la ciencia, dado que, gracias a ella se aplican los principios descubiertos a casos particulares. La deducción es el enlace de juicios que llevan la inferencia o razonamiento. Se ha denotado que a través de la historia jurídica de nuestro país, la protección de los menores no siempre ha estado presente; puesto que, estos no constituyeron la atención de los que presidían el gobierno de ese entonces, pues, desde la historia los menores fueron considerados como una carga y relegándolos de todo derecho, al punto que eran considerados objetos de protección y no sujetos de derecho como la Convención de los Derechos del Niño lo enuncia; ya que, si se encontraba un menor abandonado o huérfano deambulando por las calles era presa fácil de fenómenos sociales que amenazaban a la sociedad y lo que se hacía era encerrarlo y aislarlo, por que se consideraba que éste era una amenaza o peligro para la sociedad. De igual manera, desde un inicio no existían centros de protección para menores adecuados que brindaran protección y cuando éstos cometían un delito eran tratados igual que los adultos, no había ningún tipo de consideración para ellos y lo que provocaba con esa actitud el Estado era fomentar el resentimiento social de parte de ellos y esto ciertamente daría paso a un grave peligro para la sociedad; y con todo esto el Estado todavía no asume su obligación de prodigarles protección, y para que ello procediera fue necesario que se dieran tantos atropellos en contra de los futuros ciudadano del país y se pronunciara la comunidad internacional, muestra de ello fue la Declaración de los Derechos del Niño en 1924 conocida como la Declaración de Ginebra, fue si no hasta la Constitución de 1939 que en nuestro país se estableció una disposición a favor de los menores que mencionaba que el Estado dictaría las leyes y disposiciones para la protección de la infancia; sin embargo, la medida en estudio, apareció regulada en una ley especial allá por 1967 llamada Ley de Jurisdicción Tutelar de Menores, que careció de toda protección y al hogar sustituto le llamaba colocación en hogar ajeno, de tal manera, que los menores que eran favorecidos con la medida de protección si se le puede llamar así, tenía que cumplir con el requisito de haber cometido una infracción legal y tuviera menos de diez años de edadItem Los derechos del no nacido en la Legislación Familiar Salvadoreña(UES,FMO, 2001-09-01) Córdova Salvador, Gloria Celina; Merlos Araujo, Mercedes Lourdes; Ríos-Lazo Romero, Napoleón AlbertoEl trabajo de investigación versa sobre los “Derechos del No Nacido en la Legislación Familiar Salvadoreña", el cual constituye una innovación en el Derecho Familiar, ya que anteriormente tales derechos en alguna medida estaban desprotegidos y cabe mencionar que en el desarrollo del tema objeto de estudio se ha resumido a la investigación teórica y de campo; ya que por lo novedoso del tema en el Derecho de Familia existe escasez de información, por ello se ha tomado muy en cuenta las opiniones y sugerencias de la experiencia de los profesionales idóneos en el tema, por tales motivos se analizó la investigación teórica y de campo, y se llego a la comprobación total o parcial realizando una medición del planteamiento del problema. El desarrollo del tema tiene como fin primordial la regulación de la protección a la vida desde el instante de la concepción garantizado en el Art. 1 de la Constitución de la República, de lo que también se encuentran disposiciones protectoras del ser gestación en el Código de Familia; sin embargo, el estar estos derechos establecidos en la ley, no son aplicables en su totalidad, porque existe desconocimiento en la sociedad de los mismos, ya que la mayoría de mujeres que necesitan de la protección de éstos derechos se encuentran desamparadas, solas y muchas veces las únicas responsables del hogar, que por desconocimiento no ejecutan la acción correspondiente, desprotegiendo de esta manera los intereses del hijo por nacer. Se concluye que la Declaratoria Judicial de Paternidad, en el hijo no nacido puede darse, porque la ley le da la facultad al hijo aunque no haya nacido, ya tiene dicha categoría y tomando en cuenta además, que si no se diera se estaría violentando el derecho del ser concebido a gozar de la figura paterna; en cuanto a los beneficios económicos que éste le pueda dar a la mujer en el período de gestación, pero en la Zona Oriental no se ha dado ningún caso probablemente por el tipo de prueba que se debería aportar en el proceso y además, por el tiempo en que éste se desarrolla lo mas recomendable es esperar a que el hijo halla nacido para entablar dicha acción. Por medio de la integración hecha se concluye que la Declaratoria Judicial de Paternidad en el hijo no nacido pueda darse, porque la ley familiar en el Art.150 del Código de Familia da esa acción al hijo, sin hacer distinción entre el nacido y el no nacido.Item La Protección penal del medio ambiente en relación a desechos tóxicos(2001-09-01) Orellana Zelaya, Ana Patricia; Urrutia López, Catalina del Carmen; Flores, Rosario del Carmen; García Guevara, Hugo Noé; Saravia Segovia, Carlos ArmandoEl medio ambiente es un bien jurídico de especial trascendencia, cuya protección resulta esencial para la propia existencia del ser humano y que se encuentra seriamente amenazado, por lo que su conservación y mantenimiento justifican claramente el recurso a las más contendientes medidas de protección que puede proporcionar un ordenamiento jurídico; es por ello que resulta esencial estudiar: “La Protección Penal del Medio Ambiente en relación a Desechos Tóxicos”. Para ello, la presente tesis tiene como objetivo determinar en qué medida están siendo aplicadas las normas nacionales e internacionales de protección penal ambiental en relación a desechos tóxicos en El Salvador, específicamente en la Zona Oriental y establecer el papel de las instituciones ambientales gubernamentales y no gubernamentales en favor de la protección ambiental en la Zona Oriental. Al finalizar el proceso de investigación se pudo concluir que no existe una evaluación ambiental de carácter estratégico que le permita al Estado crear políticas, planes y programas de cara a una realidad de deterioro ambiental que conlleve a obtener un desarrollo sostenible y sustentable, permitiendo con éste el mejoramiento de la calidad de vida de las futuras generaciones, así como un equilibrio ecológico donde el hombre en estrecha relación con los recursos naturales pueda satisfacer sus necesidades básicas, sin provocar o realizar directa o indirectamente peligros graves a la naturaleza y al medio ambienteItem Indemnizacion del daño moral en la legislacion de familia de El Salvador.(2001-09-01) Paz Pineda, Thelma Judith; Saravia Segovia, Carlos ArmandoInvestigar la indemnización del daño moral, por la Declaratoria Judicial de Paternidad y la Nulidad del Matrimonio y estudiar el criterio del Juzgador de Familia para indemnizar el daño moral reclamado en los Tribunales de Familia de los departamentos de la Zona Oriental. Para realizar la investigación del tema objeto de estudio “Indemnización del Daño Moral en la Legislación de Familia”, es necesaria la aplicación del método: que es el procedimiento planteado que se sigue en la actividad científica para descubrir la forma de existencia de los procesos, distinguir las fases de su desarrollo, desentrañar sus enlaces internos y externos, esclarecer sus interacciones con otros procesos y así generalizar y profundizar los conocimientos adquiridos. Pero en el desarrollo de este trabajo se utilizará el método científico que es el camino que se sigue en la investigación. Todo método alude a operaciones mentales, a cuestiones teóricas y abstractas, ligadas a una teoría o concepción, estas operaciones son la base del proceso del conocimiento, constituyéndose por ello como los métodos generales de la ciencia. Estos métodos son: Análisis y Síntesis, Inducción y Deducción; aplicándose en esta investigación el método de análisis y síntesis, el primero significa, desagregar, descomponer un todo en sus partes para identificar y estudiar cada uno de sus elementos, las relaciones entre sí y con el todo. Y el segundo, es la operación inversa y complementaria al análisis. El desconocimiento de la indemnización por daños de carácter moral en la legislación de Familia, se hace latente en profesionales del Derecho, y en un buen número de la población estudiantil de la misma área, que desconoce lo que es daño moral, y en qué figuras se encuentra contemplada dicha indemnización. En el caso de los primeros, aunque conceptualizan el daño moral, la mayoría desconoce las figuras que dan lugar al reclamo de la indemnización; y en cuanto a los segundos, al preguntárseles en las encuestas, si saben lo que es daño moral, manifestaron que si; pero no saben explicar el concepto y tampoco saben en los casos en que se reclama. Sería necesario que los docentes del Derecho de Familia motiven a sus estudiantes a la investigación del daño moral y su respectiva indemnización en esta área del Derecho, que aunque la información es poca, pero si muy sustancial, resulta importante conocer sobre la lesión a los sentimientos o afecciones legítimas de las personas, que vienen a crear una modificación disvaliosa del espíritu.Item Valoración de la prueba indiciaria(UES, FMO, 2001-09-01) Cruz, José Trinidad; Guevara Turcios, Henry Albertico; García Guevara, Hugo NoéImportante se ha considerado, el estudio de la Prueba Indiciaria y su correspondiente valoración, en virtud si ésta con su aplicación se le da efectivo respeto al Principio de Inocencia en favor del imputado; por lo que se hace un análisis minucioso al art. 162 PrPn. para establecer el fundamento de dicho medio probatorio; así también el análisis doctrinario y jurídico acerca de los delitos de privación de libertad, secuestro y detención por particulares; en los cuales se ha establecido la definición conceptual y calificación jurídica, así como también sus elementos indiciarios para mejor ilustración del lector. En el mismo orden el elemento procedimental no podría obviarse, por lo que se hace un breve análisis del comportamiento de los Indicios en las diferentes etapas del proceso mismo, de igual forma su correspondiente valoración. En la misma línea, se entran a conocer casos prácticos de los delitos supraseñalados, tomando a consideración las doctrinas invocadas, disposición aplicadas, cuadro fáctico y el correspondiente análisis crítico y jurídico.Item Los Derechos humanos y la responsabilidad penal del Estado Salvadoreño(2002-03-01) Quintanilla Coreas, Oscar Osmin; Díaz Salmeron, Pasita Antonia; García Guevara, Hugo Noé; Saravia Segovia, Carlos ArmandoLa presente investigación Jurídico-Social denominada “Los Derechos humanos y la responsabilidad penal del Estado Salvadoreño.” Se orienta en función de deducir la responsabilidad penal de los funcionarios públicos, cuando estos en el ejercicio de sus funciones o fuera de estas lesionan derechos fundamentales reconocidos por la Constitución y las Leyes Secundarias; ya que toda violación a los derechos humanos corre por cuenta del Estado, cuando éste permite, tolera o induce a particulares que lo hagan. Para un estudio objetivo se platearon los objetivos de analizar la responsabilidad penal de los funcionarios estatales, en materia de derechos humanos y analizar cuáles son las condiciones estructurales que existen en El Salvador para el respeto de los derechos humanos. En base a la investigación documental y de campo se puede concluir que al analizar la historia jurídico social de la sociedad salvadoreña, entorno al objeto de estudio investigado se aprecia que en la evolución de los derechos humanos y la responsabilidad penal de los funcionarios públicos no existe antecedente que permita afirmar que un funcionario público o militar que goza de una posición económicamente privilegiada, haya sido procesado por violar los derechos humanos, a pesar que la legislación primaria y secundaria contemple sanciones en contra de quien lesione los derechos fundamentales y para que en El Salvador exista una protección, respeto y garantía a los derechos humanos se requiere de un Estado Democrático de Derecho, en donde los funcionarios que lesionen derechos fundamentales, sean sancionados rigurosamente, respetando los principios ConstitucionalesItem La aplicación de las medidas de protección para testigos y peritos en el proceso penal salvadoreño, departamento de San Miguel, período 2001.(FMO, UES, 2002-04-16) Arias Guevara, Sayra Yamileth; Barrera Argueta, Gloria Cristela; Castellón González, José Florencio; Solórzano Trejo Gómez, Carlos; Villatoro de Guerrero, Martha de CarmenEn la última década en nuestro país, se ha evidenciado el incremento de la delincuencia y bandas del crimen organizado, situación que viene a reflejar la necesidad de aplicar medidas de protección a favor de testigos y peritos, a efecto de salvaguardar la integridad de éstas personas, con la finalidad que los mismos colaboren activamente con la administración de justicia; por lo que se considera de mucha importancia el estudio del régimen de protección a testigos y peritos a necesidad que surge luego de la implementación de un nuevo sistema penal y procesal penal acusatorio; de igual forma se justifica el tema bajo criterios de novedad, relevancia social y otros, así mismo se trazan de campo como son; estudiar las medidas de protección que son aplicadas en el proceso penal, por las autoridades competentes en sede administrativa y judicial; determinar la aplicación de las medidas en las distintas fases del proceso penal, las autoridades competentes para decretarlas y las instituciones que las ejecutan, sin olvidar el Derecho de Defensa que le asiste al imputado y su relación con las medidas de protección, la forma como estas medidas de alguna manera violentan este derecho constitucional.Item Ejecución de las penas no privativas de libertad en la Zona Oriental de El Salvador: (1998-2001)(UES, FMO, 2002-05-01) Chatara Jiménez, Mírela Patricia; Chávez Cuadra, Gloria Estela; Solorzano Trejo, CarlosCon la reforma total del actual sistema penal de acuerdo al objetivo de resocialización que asigna la Constitución de la República surgen los nuevos correctivos penales: Arresto de Fin de Semana, Arresto Domiciliario, Prestación de Trabajo de Utilidad Pública y Multa, que fueron objeto de la investigación, por medio de la cual se conoció la medida en que los Jueces de Instrucción y Tribunales de Sentencia reemplazan la pena de prisión que no excede de tres años y la forma en que en la actualidad se ejecutan en la Zona Oriental de El Salvador. Así mismo el rol que desempeñan los Jueces de Vigilancia Penitenciaria y Ejecución de la Pena en el control de las penas no privativas de libertad, conforme a lo establecido en el Código Penal y Ley Penitenciaria, facultades entre las que se encuentran: asignar al condenado a pena de arresto de fin de semana el horario y lugar respectivo para el cumplimiento de ésta; determinarle al sujeto condenado a pena de prestación de trabajo de utilidad pública las horas de jornadas laborales y la institución favorecida para ello; en el arresto domiciliario establecerle al individuo la fecha de inicio y finalización de la misma, y con respecto a la pena de multa estipularle al sujeto la forma de pago semanal o mensual según las condiciones económicas del mismo; lo que ha servido para verificar si la pena sustitutiva se adapta a la conducta del individuo con el fin de prevenir la reincidencia del mismo, y de que manera se afecta o beneficia al acreedor de alguna de estas penas. Con la investigación se beneficia a personas condenadas a cumplir las penas en comento por medio de la aportación de ideas orientadas a mejorar su ejecución y desarrollo, de tal forma que se produzcan efectos positivos tanto en el individuo como en la sociedad. El estudio de la Ejecución de las Penas Alternativas a la Prisión ha ampliado el campo de investigación de éstas, identificándose las causas que dificultan su cumplimiento a efecto de que se resuelva la problemática en la ejecución de las ya mencionadas, entre esas causas están: falta de lugares adecuados para el cumplimiento de las penas de arresto de fin de semana, poca colaboración de las entidades públicas y privadas a prestar sus instalaciones para que se cumpla la pena de prestación de trabajo de utilidad pública donde el individuo pueda realizar las actividades laborales que se le asignen, carencia de agentes de seguridad pública para supervisar la pena de arresto domiciliario y la falta de adecuación de la sanción pecuniaria a la capacidad económica del condenado.Item La defensa necesaria en el nuevo Código Penal Salvadoreño 1998-2001(2002-06-01) Ferrufino Velásquez, Ruth Patricia; Jaime Umanzor, Ana Elsy; Flamenco Quijano, Kely de los Ángeles; Solorzano Trejo, CarlosEsta investigación tiene por objetivo determinar las deficiencias judiciales que afectan al procedimiento penal; donde se trata de establecer una causa de justificación específicamente la Defensa Necesaria. Para la realización de la investigación será necesario acudir: a la Fiscalía General de la República, Procuraduría General de la República, Juzgados de Paz, Juzgados de Instrucción y Juzgados de Sentencia de la Zona Oriental, con el fin de obtener información acerca del tema investigado; por lo que se utilizará como instrumentos informantes las encuestas, entrevistas estructuradas y dirigidas. De tal manera que la información obtenida será analizada para conocer el procedimiento que aplican los sujetos procésales, cuando se les plantea una causa de justificación (Defensa Necesaria), de los resultados se hará un estudio para determinar cuales son los factores que inciden en la no aplicación de la misma; por lo que se aplicarán las cinco etapas para la recolección y procesamiento de la información, las que consisten en: primero determinar las instituciones a las que acudiremos, segunda recolección de información a través de entrevistas y encuestas, tercera procesamiento de la información obtenida, cuarta análisis de la información y quinta elaboración del documento final. En los procesos estudiados donde se instruyo esta causa de justificación no se observa una adecuada diligencia, por parte de los sujetos procésales para que pueda determinarse si realmente el hecho cometido esta justificado. Dicha anomalía se debe generalmente por incapacidad y falta de experiencia de quien ejerce la defensa. Por lo que podemos concluir lo siguiente: La evolución histórica de la Defensa Necesaria dentro del Derecho penal salvadoreño deja entrever el desarrollo jurídico que ha alcanzado en la actualidad, desde la entrada en vigencia del primer código en el que la defensa debía ser precedida por el homicidio y solo eran defendibles la vida, la propiedad y la libertad; en este recorrido jurídico la Defensa Necesaria tuvo muchas variantes como tener una clasificación de la defensa de terceros en: defensa de parientes y del extraño, clasificación que no tenía razón de ser si se toma en cuenta que el hecho de ejercer una defensa de una agresión que no somos victimas implica la defensa de un terceroItem Aplicación de la sana critica como sistema de valoración de la prueba en el proceso penal salvadoreño, zona oriental 2001(2002-06-01) Sosa Romero, Carlos Nelson; Berríos Coreas, Olga Patricia; Ventura Portillo, Rommel Reynaldo; Solorzano Trejo, Carlos; Castellón, José Florencio; Villatoro, MarthaDeterminar si las reglas del sistema de la sana crítica se aplican adecuadamente por el juzgador al momento de valorar las pruebas aportadas al proceso. Para la realización de la presente investigación se adoptará una serie de actuaciones tales como: consultas bibliográficas que identifiquen el problema; recopilación de sentencias que hacen referencia al tema objeto de estudio; al mismo tiempo se realizará un contacto directo con los jueces de primera instancia de la zona Oriental; con los fiscales auxiliares, defensores públicos, querellantes; ello a través de entrevistas y encuestas , también se hará un contacto directo con los miembros de la Escuela de Capacitación Judicial. Todo con el fin de obtener un conocimiento objetivo y completo del problema que se investiga. En la presente investigación para la selección de la literatura y otros documentos, se hace necesario la utilización de fuentes primarias, secundarias, y terciarias; Primaria: es aquella que permitirá fundamentar nuestra investigación ya sea través de aportes, obtenidos directamente mediante investigaciones realizadas sobre el tema objeto de estudio; Secundarias: esta se extraerá de fuentes documentales, es decir al emplear o utilizar aquellas referencias de un determinado autor. La Información Secundaria, según el caso, puede complementar a la primaria o servir de base para efectuar el análisis del problema; en cuanto a la utilización de Fuentes Terciarias, ésta se determinará por la utilización de aquella información que agrupa fuentes secundarias. Para dictar sentencia el Juez debe de apreciar las pruebas , es decir debe realizar un juicio de valor y determinar que eficacia tienen estas recabadas en el proceso; y para ello debe seguir el sistema de la Sana Crítica, no obstante que en la Legislación procesal Penal Salvadoreño el sistema de la Intima Convicción tiene aplicación positiva únicamente en la institución de jurado; en cuanto al sistema de la prueba tasada o legal también existen resabios dentro de la Ley Adjetiva; pero independientemente de todo ello, se ha de considerar que el sistema de la Sana Crítica es el sistema que permite en la prueba un mejor resultado para obtener la justicia, pues implica un respeto a las normas que gobiernan la corrección del pensamiento, es decir las leyes de la Lógica, la Experiencia y la Psicología, así como la obligación de fundamentar las decisiones judiciales, las cuales son del fruto racional que el juzgador realiza de la adecuación del hecho con las pruebas aportadas al proceso, todo con el fin de llegar a la certeza de la existencia del hecho delictivo y la participación del justiciable. Actualmente en las practicas judiciales los juzgadores dicen aplicar las reglas de la Sana crítica, pero no lo hacen correctamente, ya que solo se conforman con exponer en sus resoluciones la famosa formula “de acuerdo a las reglas de la Sana Crítica”, fórmula que lejos de darle objetividad a las resoluciones, las convierte en falacias, las cuales en la mayoría de casos son impugnadas (apelación, casación), así mismo los jueces no hacen una adecuación de los hechos investigados con las pruebas presentadas por las partes al proceso, así como también no exponen la razón del porque llegó a determinada resolución o sea que no lo hacen de una forma razonada, olvidándose que su convencimiento de ellas, deben contar con certeza apodíctica y a través de ella aplicar las reglas de la Sana Crítica, que no es lo mismo que la intima convicción, y que muchas veces tanto los Jueces de Paz, Instrucción y Sentencia, los confunden , ya que en la mayoría de las resoluciones únicamente fundamentan sus resoluciones solo en los que ellos piensan, quebrantando de esa forma lo regulado en el articulo 162 del Código Procesal Penal, el cual expone que el Juez debe fundamentar sus resoluciones bajo las pruebas del proceso y aplicar la Sana Crítica, algo que en la mayoría de los casos no se realiza, porque para cumplir la ley los encargados de hacerla cumplir la violan constantementeItem La administración de justicia en la nueva normativa penal con relación a los derechos de la victima en el proceso penal salvadoreño en el Municipio de San Miguel período 2001(2002-06-01) Moraga Salgado, Edwin Antonio; Vásquez Mendoza, Moisés Antonio; Solórzano Trejo, CarlosLa elaboración de este documento de investigación nace como necesidad primordial de que en los últimos tiempos se ha perdido la confianza por parte de la población en la administración de justicia, y principalmente en el área de la normativa penal, en su aplicación en el proceso penal. Por esa razón, decidimos estudiar el problema de los derechos de la víctima, en el proceso penal, porque es una de las razones de gran importancia del porqué la población ha perdido confianza en la administración de justicia; y con el objetivo de que las instituciones de la administración de justicia se den cuenta del problema, y especialmente las instituciones encargadas de tutelar los derechos de las víctimas, como también, estudiantes de derecho, porque son ellos quienes en el futuro tendrán en sus manos la aplicación de las normas jurídicas, y serán parte de la administración de justicia. Determinar el problema de la Administración de Justicia en la aplicación de la normativa procesal penal actual en cuanto a los derechos de la víctima en el proceso penal salvadoreño es el objetivo general. Para la realización de una investigación científica, es indispensable crear una metodología con el fin de facilitar el trabajo. La presente investigación se realizará, mediante la recopilación de documentación que se refiera al tema planteado, así como libros, tesis, expedientes de procesos, boletines informativos, etc., los que nos proporcionaran datos necesarios que sobre el tema ya han sido analizados por otros autores, e instituciones, y serán sustento de nuestros planteamientos en este trabajo. También realizaremos encuestas dirigidas a Víctimas, miembros Fiscalía General de la República, Jueces, agentes de la Policía Nacional Civil, y población común, porque estos serán quienes nos proporcionaran datos sobre la aplicación de los Derechos de la víctima en el proceso penal, así como medidas de protección aplicadas a esta, y la aceptabilidad o no de la función que desempeña la administración de justicia en lo referente al tema en estudio. Otra forma de cómo realizaremos la investigación es dándole seguimiento a determinados procesos en trámite, con el objeto de observar directamente el rol que la víctima tiene en ellos, a partir de la importancia que le otorguen las instituciones encargadas de cumplir con los Derechos de la víctima. En el estudio que se ha realizado sobre los derechos de las víctimas en el proceso penal, que actualmente nuestro sistema penal Salvadoreño acoge con un sistema acusatorio, el cual se caracteriza por ser garantista de derechos, principios y garantías procesales, en el que los derechos de las víctimas encuentran un respaldo jurídico; este sistema acusatorio permitió que en los nuevos Códigos penal y procesal penal se reconocieran los derechos de las víctimas, siendo ello una novedad en nuestro país. Aun, cuando a las víctimas se les reconoció en la nueva normativa penal y procesal penal muchos derechos que son de gran importancia para sus intereses, entre los cuales se encuentran derechos como los siguientes: Derecho de participar en la vista pública; ser escuchada antes de cada decisión que implique la extinción o suspensión de la acción penal siempre que ella lo solicite; derecho a ser informada de los resultados del procedimiento; protección policial; intervenir en el procedimiento penal; que no se revele su identidad, ni la de sus familiares, a impugnar el sobreseimiento o la absolución aun cuando no haya intervenido en el procedimiento; así como otros que el mismo código procesal penal le reconoce a la víctima y que no ha enumerado taxativamente, al igual que el reconocimiento que otras leyes le reconocen. La garantía de los derechos de las víctimas, es función especialmente de la fiscalía General de la República, de la Policía Nacional Civil y de los Jueces en materia penal, cada una de estas instituciones de diferente forma en el proceso penal.Item El ejercicio de la acción civil en los tribunales competentes en materia penal de las cabeceras departamentales de la Zona Oriental, periodo 1998-2001(2002-06-01) López Arbaiza, William Antonio; Reyes Reyes, Gertrudis Ernestina; Romero Machado, Mirian del Carmen; Villatoro de Guerrero, MartaEl trabajo de graduación plantea el problema de la no eficiencia del ejercicio de la Acción Civil en los Tribunales Competentes en Materia Penal de las Cabeceras Departamentales de la Zona Oriental, período 1998-2001, debido a que en la práctica, se prioriza a la Acción Penal; por lo que se pretende dar un mejor conocimiento de la Acción Civil, lo que se justifica en virtud que se cuenta con una normativa Penal y Procesal Penal relativamente nueva, así mismo, servirá como material de apoyo para los estudiosos y profesionales de las Ciencias Jurídicas, beneficiando además a la víctima porque le permitirá el acceso a información sobre la forma de su participación en el Proceso Penal en lo concerniente a la Acción Civil. El objetivo es determinar si el ejercicio de la Acción Civil dentro del Proceso Penal es eficiente. La problemática planteada se fundamenta en Teorías Jurídicas y Administrativas, que definen las diversas categorías que se utilizan en la investigación, como son: Acción Penal, Acción Civil, Prueba, Sentencia, Eficiencia y Desempeño. También se determina que la investigación es de carácter descriptiva, correlacional y explicativa. Se proponen como Hipótesis, que la eficiencia en el Ejercicio de la Acción Civil depende del desempeño del Actor Civil en relación al conocimiento que éste tiene sobre la Prueba Idónea para establecer la Responsabilidad Civil; así mismo la responsabilidad y diligencia en su trabajo como profesional del derecho. Para llegar a la regulación actual de la Acción Civil, se tiene que identificar la evolución histórica de la misma, desde la Épocas Primitiva, Antigua y Contemporánea en la cual se estudian las regulaciones de España, Costa Rica y específicamente su desarrollo en la Legislación Salvadoreña desde la Independencia hasta la actualidad.Item Estudio jurídico-doctrinario de la aplicación efectiva de los derechos constitucionales, contemplados en la legislación familiar, a las parejas homosexuales migueleñas, en el 2000-2001(2002-06-01) Hernández Rosales, Ada María; Ventura Lagos, Mónica; Guardado Manzano, Herberth EnriqueEsta investigación tiene por objetivo establecer la relación que existe entre la efectiva aplicación de los Derechos Humanos, y la seguridad jurídica de la población homosexual Migueleña basados en los Códigos de familia. La metodología que gira el trabajo se orientó básicamente por la población y muestra partiendo de una población registrada de la zona metropolitana de San Miguel de trescientas parejas de los cuales no todos están en pareja fija sino como un porcentaje de 77% de los mismos, este dato se obtuvo a travès de las Organizaciones entrevistadas y las Instituciones. Es aclaratorio según las mismas fuentes que existen personas que no estan registradas, que no son atendidas y que deambulan y que no han sido estadísticamente inscritas. Pero para efectos objetivos y científicos se partirá de una población de trescientas del sexo masculino y femenino entre dieciocho y cuarenta y cinco años de edad, un porcentaje de 60% católicos, un 20% Cristianos Protestantes y otras denominaciones religiosas. La metodología que gira el trabajo se orientó básicamente por la población y muestra partiendo de una población registrada de la zona metropolitana de San Miguel de trescientas parejas de los cuales no todos están en pareja fija sino como un porcentaje de 77% de los mismos, este dato se obtuvo a travès de las Organizaciones entrevistadas y las Instituciones. Es aclaratorio según las mismas fuentes que existen personas que no estan registradas, que no son atendidas y que deambulan y que no han sido estadísticamente inscritas. Pero para efectos objetivos y científicos se partirá de una población de trescientas del sexo masculino y femenino entre dieciocho y cuarenta y cinco años de edad, un porcentaje de 60% católicos, un 20% Cristianos Protestantes y otras denominaciones religiosas. Como ha podido observarse a lo largo de todo el estudio, se trato de cotejar la teoría con la practica, la doctrina con la aplicación de la ley; en este apartado el grupo de investigación considera plantear de forma breve las conclusiones ha que han llegado los estudios y los resultados obtenidos y discutidos y analizados en el capitulo anterior para presentar propuestas de solución a dichos problemasItem El Rol de la Procuraduría General de la República en el trámite de violencia intrafamiliar en la ciudad de San Miguel 1999-2001(2002-06-01) Flores Granados, Mauricio; Reyes Hernández, Miladis de la Paz; Zúñiga Cruz, Saúl Alberto; Guardado Manzano, Herberth Mauricio; Villatoro de Guerrero, MartaEl análisis del rol de la Procuraduría General de la República en relación a su competencia administrativa en la aplicación del procedimiento en materia de violencia intrafamiliar, en concordancia a los puntos de realidad práctica y realidad jurídica del problema de violencia intrafamiliar, y el proceder Institucional; también se ha tomado como puntos cardinales de la investigación los objetivos, entre ellos; estudiar la participación de la Procuraduría en el procedimiento contra la violencia intrafamiliar y su aporte a la protección real de las familias en la ciudad de San Miguel, para el desarrollo del estudio se utilizó la metodología descriptiva, a través del cual se busca explicar y establecer conceptos e ideas para que de forma conjunta se logren recopilar datos concretos de los tipos de violencia intrafamiliar, además de describir los efectos que produce dicha problemática dentro de la sociedad. Con el proceso de investigación se determinó que existe una aplicación ineficiente de la normativa jurídica que trata la violencia intrafamiliar, por parte de la Procuraduría General de la Republica lo cual produce daños a las familias salvadoreñas, inseguridad familiar y falta de credibilidad institucional; además de que existe un alto índice de casos de violencia denunciados y que el mayor porcentaje se inicia en los Tribunales de Familia de oficio, sin intervención de la Procuraduría General de la Republica, y que los pocos caos iniciados por la institución en estudio únicamente necesitan medidas de protección, como ejemplo de una aplicación deficiente por parte de la Procuraduría General de la República